• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 6342/2023
  • Fecha: 17/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia estima el recurso interpuesto por el Principado de Asturias contra anterior sentencia del Tribunal superior de Justicia de Asturias que anuló diversos preceptos del Decreto 60/2022, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de Bachillerato en el Principado de Asturias , en lo que se refiere al horario lectivo de Bachillerato en cuanto incluye la asignatura de Religión y, en particular, de Religión Católica sin equipararla con las demás asignaturas. Se reitera la doctrina establecida en las sentencias de 10 y 18 de julio de 2023, estimando el recurso de casación interpuesto y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Arzobispado de Oviedo contra el Decreto 60/2022 y señalando que esa norma autonómica es conforme a lo dispuesto, de manera obligatoria para todo el territorio nacional, por la disposición adicional 1ª del Real Decreto 243/2022 y que esta regulación no vulnera el Acuerdo con la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 3501/2023
  • Fecha: 17/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala, confirmando pronunciamientos anteriores -en particular, la STS 670/2025, de 2 de junio, rec. 1476/2023-, reafirma la posibilidad de matizar el alcance de la declaración de nulidad de los planes de urbanismo -nulidad parcial- y niega la posibilidad de otorgar carácter indicativo a las determinaciones del planeamiento que se vean afectadas por informes sectoriales vinculantes, resultando insuficiente la mera remisión a la legislación sectorial de tales determinaciones, cuando es tal legislación la que prevé el carácter preceptivo y vinculante de tales informes, así como las consecuencias de su incumplimiento
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO URIS LLORET
  • Nº Recurso: 4209/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso de casación y, en respuesta a la cuestión de interés casacional planteada, determina que no resulta imprescindible haber concurrido al procedimiento de otorgamiento de una concesión demanial para poder ostentar legitimación activa para la impugnación de los actos de dicho procedimiento de concesión. La legitimación para impugnar en vía contencioso-administrativa los actos de un procedimiento de concesión demanial por quien no ha participado en dicho procedimiento exige la concurrencia de un derecho o interés legítimo que pueda resultar afectado por el acto que se impugna, lo que deberá examinarse en el caso concreto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS GIL IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 1024/2022
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala analiza dos cuestiones: (i) exclusión de elementos totalmente amortizados y fuera de servicio (ETAM) en el cálculo de la vida útil residual para la retribución base de 2016; (ii) inclusión en el IBO de inversiones en fibra óptica sobre la red de distribución. Respecto a la primera, afirma que la vida residual base (VRbase) es un parámetro normativo fijado por orden ministerial para el primer año del periodo regulatorio y aplicable a los siguientes, sin que proceda su revisión retroactiva mediante reformulación contable unilateral. El modelo retributivo se basa en periodos de seis años y la metodología impide alterar valores aprobados salvo revisión normativa o de oficio, lo que no ha ocurrido. Sobre la fibra óptica, la Sala considera que no se acredita que la instalación constituya una mejora esencial e indispensable para la operación de la red, requisito exigido para su retribución como IBO. Además, la intervención de filiales del grupo y la falta de identificación como operación intragrupo impiden verificar el cumplimiento de las obligaciones contables y regulatorias, así como el reparto de costes. Concluye que la Orden impugnada se ajusta a Derecho en los extremos examinados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
  • Nº Recurso: 343/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por el que se aprueba el incentivo o penalización para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para 2016, se modifica la retribución base de 2016, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para 2017, 2018 y 2019. Se ordena realizar los ajustes correspondientes a los conceptos retributivos IBO, en relación con el ejercicio 2019, y RONMLAE, en relación con los ejercicios 2017 y 2018. Sobre la reclamación de intereses debe reconocerse, además, el derecho de DIELESUR S.L.U a percibir los intereses legales devengados desde la fecha en la que debió percibir la retribución resultante hasta la fecha en la que efectivamente la perciba. Sin embargo, no procede ordenar la revisión de los actos administrativos posteriores a la Orden recurrida que hayan empleado parámetros retributivos de aquella que hayan sido objeto de anulación. Ello es así porque, con independencia de que resulta improcedente hacer pronunciamientos de futuro ni frente a actos administrativos que no han sido impugnados en este procedimiento, lo cierto es que las pretensiones estimadas en esta sentencia no resultan extrapolables a conceptos retributivos de otros ejercicios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ALICIA MILLAN HERRANDIS
  • Nº Recurso: 661/2024
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 867/2024, por el que se revoca la Medalla al Mérito en el Trabajo (categoría de Oro), al apreciar que concurre válidamente la causa de revocación prevista en el artículo 10.1 a) del Real Decreto 153/2022, consistente en la pérdida sobrevenida de los méritos que justificaron la concesión, derivada de una condena penal firme por delito doloso incompatible con la ejemplaridad cívica y profesional exigida. Se basa el Alto Tribunal en la naturaleza discrecional y condicionada de la denominada potestad premial, que no genera un derecho subjetivo incondicionado al mantenimiento de la distinción, así como en la distinción entre revocación premial y sanción administrativa, quedando excluida la aplicación del régimen de revisión de oficio de la Ley 39/2015. Aunque la Sala aprecia deficiencias formales en la tramitación -en particular, la omisión de la notificación al proponente de la concesión- concluye que tales irregularidades no causaron indefensión material ni al condecorado ni a terceros con interés debilitado, por lo que carecen de eficacia invalidante. Asimismo, rechaza la existencia de desviación de poder y descarta la nulidad del artículo 10.1 a) y de la disposición adicional única del Real Decreto 153/2022, al considerar que la revocación no vulnera los principios de legalidad, irretroactividad ni interdicción de la arbitrariedad, dado que sus efectos se proyectan ex nunc y se limitan a preservar la coherencia del sistema honorífico.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 421/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión, entre otros, del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar así como las disposiciones normativas y apéndices relativos al mismo, incorporados como Anexo XI al citado Real Decreto. Para ello parte del concepto y régimen jurídico de los caudales ecológicos, cuestión ya abordada por la Sala en los recursos interpuestos contra la anterior redacción del plan hidrológico del Tajo, correspondiente al segundo ciclo de planificación hidrológica (2015-2021), contenida en el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, plan que fue anulado por la Sala, precisamente, por incumplir la obligación legal de determinación de los caudales ecológicos en las diversas masas de agua del Tajo. Hace hincapié en lo dicho en la STS n.º 353/2019, de 18 de marzo (recurso 4437/2016) a propósito de la impugnación del caudal ecológico, indicando además que en este pleito consta como documentación manejada por la Administración un "Estudio y caracterización de varios tramos de ríos de la demarcación hidrográfica del Júcar para la adopción del régimen de caudales ecológicos", en el que se explica, en relación con el sistema de explotación de la Marina Baja, como se ha revisado y actualizado la Delimitación de las Masas de Agua del Plan Hidrológico del Júcar para el periodo 2021/2027, atendiendo como principales criterios las diferencias en el comportamiento hidrológico, confluencias importantes de ríos a considerar, identificación importante de presiones y reservas naturales fluviales; lo cual sirve para entender que la fijación del caudal ecológico no solo atiende -como pretende la recurrente- al componente o comportamiento histórico de los caudales. Examinando además la metodología utilizada por la Administración para fijar los caudales ecológicos en el periodo comprendido entre 2022 y 2027, concluye que se justifica la fijación de caudales ecológicos mínimos en los ríos Guadalest, Amadorio y Algar siguiendo la metodología de la Instrucción de Planificación Hidrológica (IPH) y el Plan Hidrológico 2022-2027, aplicando modelos hidrológicos y de hábitat para preservar especies y corregir alteraciones; los informes acreditan que se mantienen las garantías de usos agrícolas y urbanos, sin impacto económico o social relevante; se rechaza la falta de seguimiento, pues no es obligatorio incluirlo en el Plan; y se destaca la alineación con el Pacto Verde y la Directiva Marco del Agua; además, se prevén medidas para asegurar el abastecimiento y consta participación del Consorcio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 236/2023
  • Fecha: 13/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, en lo que respecta a sus artículos 10, 16.4 y 24 y los preceptos que lo desarrollan y concuerdan (27, 28, 29, 30 y 34, Anexos XII y XIII). La Sala tras rechazar la suspensión solicitada por la Administración demandada, considera que el artículo 10 de la disposición impugnada no infringe el artículo 25.1 CE, que el artículo 16.4 no puede considerarse que contravenga las previsiones del artículo 17 del del Reglamento 2021/2115 del el Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados, ni infringe los artículos 35 de la Ley 39/2015 y 9.3 de la Constitución, ya que consultada la MAIN y la documentación obrante en las actuaciones, la Sala considera que la regulación establecida en el artículo 16.4 en los términos en que lo hace está suficientemente motivada. La Sala rechaza igualmente la falta de motivación del resto de las disposiciones impugnadas. Reitera la Sala que los presupuestos formales para la aprobación de los reglamentos han de interpretarse conforme el criterio finalista y en garantía de la salvaguarda de los intereses afectados, considerando razonable el contenido reglamentario impugnado, resaltando la amplia participación de instituciones y colectivos afectados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 281/2023
  • Fecha: 12/11/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Interpuesto recurso contencioso-administrativo por la Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos, contra el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, en concreto, sus artículos 5, 106.1, 106.5 y 111.1, en relación con el concepto de agricultor activo, la declaración grafica de superficies y la comunicación con los beneficiarios, respectivamente, la Sala considera que todos ellos son conformes a derecho, y desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 7360/2024
  • Fecha: 12/11/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión con interés casacional consiste en precisar, si el principio del devengo, tal y como se establece en el Plan General de Contabilidad Pública permite reconocer contablemente en un cierto ejercicio y registrar en las cuentas anuales de éste los ingresos por la tasa general de operadores devengados en el mismo ejercicio, discerniendo si es la tasa general de operadores devengada en cada periodo, en comparación con los gastos financiables devengados en él, la que debe tenerse en cuenta para la aplicación del principio de equivalencia o no. Plantea igual cuestión que los AATS de 15 de octubre de 2025 (rec. casación 7333/2024 y 7433/2024).

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